PRELIMINAR: No hay avance en la escogencia de mujeres alcaldesas; solo 17 electas de un total de 158 municipios

SANTO DOMINGO, RD. - Los
datos preliminares publicados por la Junta Central Electoral dan cuenta que
solo 17 mujeres resultaron electas en las alcaldías, lo que representa un
10,76% de los 158 municipios que hay en República Dominicana.
De
estas, tres dirigirán igual número de cabildos de los de mayor población en el
país, como Carolina Mejía en el Distrito
Nacional; Betty Gerónimo en Santo Domingo Norte y Karina Aristy, en Higüey.
Las informaciones están
contenidas en el informe preliminar de la Misión de Observadores de la
Organización, que destaca que pese a los avances en cuanto a la cuota por
género, al realizar un análisis comparativo de las candidaturas de mujeres para
las elecciones municipales entre 2020 y 2024 se observa que la variación es
mínima.
“En el caso de las
alcaldías, se produjo un leve aumento, ya que las mujeres pasaron de un 14,34%
de las candidaturas a un 16,58% en la actualidad.86 Para regidurías el aumento
es de apenas un punto porcentual (43,28 % frente a 42,27 %), y en los distritos
municipales se registra un retroceso tanto en direcciones (de 14,43 % a 11,63 %) como en vocalías (de 39,54 % a 39,35 %). Los datos
recabados evidencian que los partidos políticos cumplieron con la obligación
mínima de inscribir el 40 % de mujeres en las candidaturas plurinominales. Al
mismo tiempo, demuestran que al no haber legislación que establezca cómo
distribuir las candidaturas uninominales, las mujeres estuvieron mínimamente
representadas en las candidaturas para alcaldías y direcciones”.
Con miras a las
elecciones futuras, la Misión recomienda: Establecer paridad en las listas
plurinominales y paridad horizontal en las candidaturas uninominales.
Participación política de
las mujeres
Al detallar sobre el
marco normativo y paridad, la Misión resalta que la Ley 20-23 conservó la
obligatoriedad de un porcentaje legal mínimo de 40% y máximo de 60% de cada
sexo en las candidaturas plurinominales. “Sin embargo, al igual que la Ley
15-19, mantuvo una redacción que generaba confusión sobre cómo debía aplicarse
la cuota, si a nivel nacional o por demarcación territorial”.
La
Misión constató que, tras una acción de inconstitucionalidad promovida por
mujeres de diversos partidos políticos y organizaciones de
la sociedad civil, las decisiones y resoluciones del Tribunal Constitucional,
la Junta Central Electoral y el Tribunal Superior Electoral contribuyeron a
consolidar criterios claros para la aplicación de la cuota de género en cargos
plurinominales. Como resultado, esta se implementó por demarcación
territorial, y con el requisito de reemplazar candidaturas por personas del
mismo sexo. En las diversas reuniones mantenidas con autoridades, mujeres
políticas y organizaciones de la sociedad civil, la Misión observó un consenso
en la valoración positiva del TC y su sentencia para el efectivo cumplimiento
de la cuota.
Dice que la
implementación de un sistema automatizado para el registro de candidaturas que
realiza cálculos automáticos de proporción e impide la inscripción de listas
que no cumplen con la cuota de género.

Por: Deyanira Polanco.
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