Empleados públicos demandan ser incluidos en el sistema de reparto

SANTO DOMINGO, RD. - Afiliados
al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) de diferentes instituciones
del Estado que recibieron prestaciones de las Administradoras de Fondos de
Pensiones (AFP), demandan del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS)
que se les reconozca su derecho a permanecer en el sistema de reparto.
En una correspondencia
dirigida al presidente del CNSS y ministro de Trabajo, Luis Miguel de Camps,
los firmantes junto al Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos
(Mopesep), piden modificar el enunciado del Párrafo III, del Artículo 12 de la
Resolución 579-02, que los excluye de la comisión que evalúa el traspaso del
régimen de capitalización individual al de reparto.
Aseguran que el sistema
les ha negado por casi 20 años el derecho a permanecer en el sistema de reparto
y consideran injusto que con esa decisión pierdan el derecho de recibir la
pensión que les corresponde a través de ese régimen de reparto.
El párrafo que piden
modificar dice que “Serán excluidas de ser evaluadas por la Comisión aquellas
personas que estén recibiendo una pensión por retiro programado, renta
vitalicia o pensión por cesantía por edad avanzada del Seguro de Vejez,
Discapacidad y Sobrevivencia del Sistema de Capitalización Individual de la Ley
No. 87-01 que Crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.”
La carta fue recibida en
el CNSS el pasado 24 de enero, copia de la cual fue remitida a Listín Diario,
está firmada por Luis Holguín-Veras Martínez y José Luis Rojas, directivos de
Mopesep, así como por 11 de los servidores públicos excluidos, entre los que
figuran periodistas, quienes informaron, además, que el caso está siendo
tratado por la Dirección de Información y Defensa del Afiliado (DIDA).
Injusta
Los firmantes consideran
injusta esa disposición, ya que la misma transfiere toda la responsabilidad de
haber aceptado alguna de las prestaciones que les ofrecían insistentemente las
AFP a las que estaban afiliados, liberándose el CNSS de su responsabilidad, al
negar por casi 20 años el derecho a permanecer en el sistema de reparto, sin
ninguna base legal.
Destacan que muchos de
los servidores públicos a quienes se les negaba su derecho a permanecer en el
sistema de reparto fueron desvinculados de las instituciones públicas donde
laboraban, porque sus empleadores asumieron erróneamente las disposiciones del
CNSS que afirmaban que los servidores públicos que no tenían 45 o 44 años de
edad al 1ro. de junio de 2003, no tenían el derecho a permanecer en el sistema
de reparto.
En uno de los
considerandos de la carta, los firmantes destacan que la Resolución del CNSS
número 572-07, del 6 de julio de 2023, reconoció el derecho a traspaso de los
servidores públicos amparados por la Ley 379-81 desde las AFP al Sistema de
Reparto Estatal, un derecho conculcado por casi 20 años y que el actual CNSS ha
honrado con la emisión de la referida Resolución reconociendo y solucionando el
error cometido.
Indican que el Mopesep
reconoció la trascendencia y pertinencia de la Resolución del CNSS 572-07, sin
embargo, ese colectivo social se ve en la necesidad de rechazar algunas de las
disposiciones insertadas en el “Manual de Procedimientos de la Comisión Evaluadora
de Traspasos para el Traspaso desde el Sistema de Cuenta de Capitalización
Individual al Sistema de Reparto Estatal”, aprobado mediante la Resolución del
CNSS No. 579-02.
Señalan que al parecer el
CNSS vuelve a cometer el mismo error lógico en el que incurrió cuando asumió
que el único caso de traspaso a Reparto era el que ellos autorizaron para los
servidores públicos amparados por la Ley 379-81 y que tenían más de 44 años de
edad, asumiendo erróneamente que los que tenían hasta 44 años de edad el 1ro.
de junio de 2003, también la Ley 87-01 les reconocía su derecho a permanecer en
reparto, no sólo en un artículo, sino en tres artículos: 35, 38 y 39.
Por: Doris Pantaleón.
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