LA REPUBLICA-CONGRESO: Asamblea Nacional Revisora continúa este lunes discusión de reforma constitucional

Santo Domingo, RD. - La
Asamblea Nacional Revisora fue convocada para este lunes, con el objetivo de
conocer en segunda lectura los puntos y artículos del proyecto que declara la
necesidad de una reforma constitucional propuesta por el Poder Ejecutivo.
Será
a las 2:00 de la tarde cuando los asambleístas realicen la tercera sesión para
discutir, según lo establece el procedimiento legislativo, los puntos que
fueron aprobados en primera lectura durante el pasado lunes y martes de esta
semana.
Los legisladores de las
organizaciones políticas opositoras continúan destacando en cada intervención
que tienen en el Salón de Asambleas lo innecesaria que está la propuesta de
reforma constitucional del presidente Luis Abinader.
Pero, con la intención
favorable y la inminente mayoría que tiene el Partido Revolucionario Moderno
(PRM), y partidos aliados, en el Congreso Nacional, con 146 de 190 diputados y
28 de 32 senadores, es imposible para los opositores detener la aprobación de
la pieza que intenta transformar la Carta Magna.
No obstante, el
presidente del Senado, Ricardo de los Santos, y su homólogo de la Cámara de
Diputados, Alfredo Pacheco, han manifestado en distintas ocasiones de manera
reiterativa que los representantes opositores siempre serán escuchados.
Además, aseguraron que su
intención es generar un consenso ante los puntos de reforma y los artículos
aprobados.
El proyecto de ley
entregado por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, que contiene la
modificación de 10 artículos, fue variado por los congresistas, después de que
la comisión bicameral encargada de estudiarlo escuchara la posición de
distintos sectores de la sociedad.
Uno de los artículos
aprobados más controversiales fue el que plantea la reducción en la matrícula
de la Cámara de Diputados. Esto genero una discusión entre los representantes
legislativos que culminó con la alteración de la propuesta, variando la reducción
de 153 a 170.
Esto, que está ubicado en
el artículo 81 sobre la representación y composición de la cámara baja, fue
favorecido por los asambleístas.
Además, aprobaron
modificar el artículo 166 para cambiar el Procurador General Administrativo por
el Abogado General de la Administración Pública.
Asimismo, artículo 167
donde indica estos requisitos para que el nombre de esta entidad dependiente
del Poder Ejecutivo sea Oficina del Abogado General de la Administración
Pública.
En tanto, también
registró variaciones en el artículo 169, donde detalla la definición y
funciones del Ministerio Público. En este artículo fue adicionado “formular
e implementar la política de persecución penal” dentro del texto, dejando
el resto igual.
Sobre el artículo 171, en
el que indica la forma de elección del titular de la Procuraduría General de la
República (PGR), se modificó para que sea escogido por el Consejo Nacional de
la Magistratura (CNM).
El titular no podrá tener
ningún tipo de vinculación con las organizaciones políticas en los 5 años
anteriores y tendrá un periodo de inamovilidad por un periodo de 2 años.
También, incluyeron en los artículos 178, sobre integración, y 179, sobre
funciones, del Consejo Nacional de la Magistratura al presidente del Tribunal
Constitucional como parte del jurado que deberá ser parte del proceso de
selección.
Por igual, fue aprobada
la unificación de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales
para el periodo electoral 2032, establecida en el artículo 209 sobre asambleas
electorales.
La
cláusula Pétrea
Además, los congresistas
aprobaron incluir el artículo 124 sobre elección presidencial, que limita a un
presidente únicamente a optar por dos periodos consecutivos, en el artículo
268, que petrifica la forma de gobierno del Estado dominicano. Este solo podrá
ser “civil, republicano, democrático y representativo”.
Por último, sancionaron
de manera favorable la creación del artículo 268, para garantizar que ningún
funcionario de elección popular pueda beneficiarse de una reforma
constitucional que verso sobre los términos de elección.
En otro orden, fueron
aprobadas varias disposiciones temporales que remplazaran los párrafos
transitorios situados en la Constitución vigente.

Por: Ángel Valdez.
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