MODIFICACION COMSTITUCIONAL: Reformas van a todo vapor en el Congreso

En poco más de cuatro
horas de deliberaciones, la Asamblea Nacional Revisora concluyó ayer su primera
reunión, aprobando modificaciones a siete de los 10 artículos propuestos por el
Poder Ejecutivo, restando cuatro que serían conocidos hoy a partir de las 10:00
de la mañana.
Con
212 de 222 asambleístas presentes, el órgano dedicado exclusivamente a las
revisiones constitucionales, inició su sesión de trabajo de ayer, cerca de las
3:30 de la tarde, a pesar de haber sido convocada para las 2:00 de la tarde.
Concluyó a las 7:50 de la noche.
Poco después, durante la
primera votación, ya se comenzaron a ver las diferencias entre los asambleístas
pertenecientes a partidos de oposición y los oficialistas, tendencia que se
mantuvo durante toda la reunión. Y es que, a pesar de no estar de acuerdo con
la modificación a la carta magna, los legisladores de la oposición igual
estuvieron, en su mayoría, presentes.
Los asambleístas Gustavo
Sánchez, del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Omar Fernández, Fuerza
del Pueblo, fueron los primeros en cuestionar y criticar las intenciones de
modificar la Constitución, al considerar que era “innecesario” y, para
el legislador morado “un teatro que ya está montado”.
Artículos modificados
El primero de los
artículos modificados fue el 81, que habla sobre la representación y
composición de la Cámara de Diputados. En este punto, el Poder Ejecutivo
buscaba reducir hasta 55 diputados, pero la propuesta finalmente aprobada
redujo solo 20 escaños.
El asambleísta Ramón
Bueno introdujo la modificación, indicando que la nueva composición de la
Cámara Baja estaría conformada por 158 diputados escogidos por circunscripción
territorial; cinco a nivel nacional y siete legisladores del exterior,
totalizando 170 congresistas.
Previo a su aprobación,
los asambleístas Gustavo Sánchez, Elías Wessin Chávez y Eugenio Cedeño,
sometieron diferentes cambios, pero todos fueron rechazados por la mayoría de
los presentes.
Los siguientes artículos
modificados fueron el 166 y 167, sobre el “Procurador General
Administrativo” y los requisitos para ese puesto. Los cambios realizados
radican primeramente en el nombre del cargo, cambiándose a “Abogado General
de la Administración Pública”.
“El Abogado General de la
Administración Pública es el representante permanente de la Administración
Pública ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa”,
establece el nuevo artículo 166.
Mientras el artículo 167
se modificó para que pase a nombrarse como “Oficina del Abogado General de
la Administración Pública”, entidad que será dependencia del Poder
Ejecutivo y organizada de conformidad con la ley. En lo que respecta al
artículo 169 sobre Definición y Funciones del Ministerio Público, el único
cambio que se hizo fue agregar la frase “formular e implementar la política de
persecución penal” dentro del texto, dejando el resto igual.
Procurador y CNM
Más adelante, los
asambleístas trataron los artículos 171 y 178, 179 que versan sobre la
escogencia del Procurador General de la República y la composición y
responsabilidades del Consejo Nacional de la Magistratura. Ambos aspectos
recibieron varias propuestas de modificaciones, siendo finalmente escogida la
opción oficialista.
“Aquí se sabe todo
lo que va a pasar. Aquí no hay consenso, aquí se viene a leer lo que se
decidió… nuestro bloque lo sabe y aun así estamos aquí”,
dijo notablemente molesto el asambleísta y diputado del PLD, Gustavo Sánchez,
previo a la votación para modificar el artículo 171.
En este apartado, se
modificó para que el procurador sea escogido por el Consejo Nacional de la
Magistratura, luego de que el presidente de la República enviará a un candidato
para ser evaluado por este ente, al igual que otros 7 procuradores adjuntos.
Otro aspecto agregado,
fue que el candidato no podrá tener ningún tipo de vinculación política en los
5 años anteriores y tendrá un período de 2 años, el cual podría ser extendido
en caso de que el Consejo Nacional de la Magistratura así lo decidiera tras
culminar el primer período.
Por otro lado, en lo que
respecta al artículo 178, sobre la integración del Consejo Nacional de la
Magistratura (CNM) actualmente compuesto por ocho miembros, se sustituyó el
último escaño, ocupado por el procurador general de la República, para colocar en
su lugar al presidente del Tribunal Constitucional.
Mientras que al artículo
179 de la Constitución, sobre las funciones que tendrá el CNM, se le agregó el
deber de escoger al procurador general de la República, luego de recibir la
propuesta de candidato por parte del presidente de la República.
La Asamblea Nacional
Revisora se volverá a reunir hoy a las 10:00 de la mañana, teniendo pendientes
a revisar los artículos 209, referente a las asambleas electorales, 268 sobre
forma de gobierno y 274 sobre la duración del periodo.

Por: Paul Mathiasen.
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