Protegen a usuarios por los fallos tecnológicos en bancos
SANTO DOMINGO, RD. - La Superintendencia de Bancos (SB) emitió una disposición para proteger a
los usuarios cuando ocurran fallas de los sistemas informáticos de las
entidades, que les perjudique.
Una circular de la SB establece que las entidades de
intermediación financiera (EIF) no aplicarán cargos, comisiones o cobros por
mora si no ofrecieron canales alternativos en funcionamiento durante la
interrupción.
En esos casos, deberán exonerar al cliente de un costo
generado por operaciones no ejecutadas o retrasadas o realizará los reembolsos
de forma automática, sin que éste lo solicite.
OBLIGACIONES DE PAGO
La circular aclara que los consumidores tienen que
cumplir con las obligaciones de pago, a pesar de que los sistemas se encuentren
inhabilitados, siempre que la entidad disponga de canales adicionales.
En lo adelante, las EIF deberán implementar un protocolo
de comunicación que se active si hay interrupciones.
Cuando estos paros superen las dos horas, estarán
obligadas a notificar la situación a sus consumidores, a los que indicará
cuáles servicios están afectados, las causas y el tiempo estimado de
resolución.
La nueva regulación también determina que, en el caso de
mantenimientos programados, los interesados deberán ser informados con al menos
24 horas de anticipación.
FALLOS EN LOS CAJEROS
AUTOMÁTICOS
También se regulan situaciones específicas, como la
retención de tarjetas de débito en cajeros automáticos.
Si la causa es una falla atribuible al banco emisor o a
un equipo dentro de su red, no podrá aplicarse cargo por reposición del
plástico al cliente.
Las EIF disponen de un plazo de seis meses a partir de la
publicación de esta circular para el cumplimiento de las disposiciones.
Por: la Redacción.
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