Senado modifica Ley Partidos, obliga antidopaje a candidatos
Santo Domingo, RD. - El Senado aprobó este martes en segunda discusión el
proyecto de modifica la ley de partidos 33-18 y establece, entre otras medidas,
que los candidatos se sometan a pruebas antidopaje, que presenten documentos de
no antecedentes penales, además de permitir la verificación de sus
informaciones patrimoniales y financieras.
La iniciativa modifica más de
una veintena de disposiciones de la legislación vigente e introduce conceptos
propios de los sistemas de prevención de lavado de activos, trasladando a los
partidos obligaciones similares a las que actualmente aplican entidades
financieras y sectores regulados, destacó el Senado en su página web.
PARTIDOS
VERIFICARAN ORIGEN RECURSOS CANDIDATOS
Uno de los aspectos más
novedosos del proyecto es la creación de procedimientos obligatorios de “debida
diligencia”, mediante los cuales los partidos deberán verificar antecedentes,
actividades económicas y origen de recursos de precandidatos, candidatos,
dirigentes y donantes.
La propuesta establece que los
partidos tendrán que implementar programas internos de cumplimiento normativo,
conocidos internacionalmente como ‘compliance’, destinados a prevenir la
penetración del crimen organizado y el uso de recursos ilícitos en actividades
políticas.
Asimismo, cada organización deberá
designar un oficial o una unidad de cumplimiento encargada de supervisar esos
controles, verificar informaciones y reportar operaciones sospechosas cuando
corresponda.
EXCLUSION POR
OCULTAR O FALSIFICAR DOCUMENTOS
El proyecto incorpora
requisitos adicionales para quienes aspiren a una candidatura, entre ellos, la
presentación de una declaración jurada de patrimonio correspondiente a los tres
años previos a la postulación o, en su defecto, una certificación de
cumplimiento fiscal emitida por la Dirección General de Impuestos Internos
(DGII).
Otro elemento relevante es que
los partidos quedarían facultados para declarar inadmisibles o excluir
aspirantes cuando detecten falsedad documental, ocultamiento de información
importante o incumplimiento de los requisitos de integridad establecidos por la
ley.
SUSTITUIDOS SI
SE COMPRUEBA FALSEDAD
Sin embargo, el texto obliga a
respetar garantías mínimas del debido proceso, incluyendo notificación, derecho
de defensa, presentación de pruebas y posibilidad de recurrir las decisiones
ante las instancias partidarias y posteriormente ante el Tribunal Superior
Electoral.
Incluso, una candidatura ya escogida, podría ser sustituida si se comprueba que el candidato presentó información falsa o incumple las condiciones de integridad exigidas por la normativa.
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