CARD deposita acción contra artículo 310 del Código Penal
SANTO DOMINGO, RD. - El Colegio de Abogados de la República Dominicana
(CARD) depositó ante el Tribunal Constitucional una acción directa de
inconstitucionalidad contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.
El recurso fue encabezado por
Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido
entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional,
particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio
profesional del derecho.
Potentini acudió a la sede de
la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del
gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados,
en una manifestación institucional con la que la organización procura defender
no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también
las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y
asistencia jurídica efectiva.
El presidente del CARD explicó
que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal
Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los
principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana,
especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de
defensa.
LA DEFENSA NO ES
UNA CONCESIÓN
Dijo que cualquier regulación
penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser
examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye
una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.
Sostuvo que la defensa técnica
no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función
secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una
garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus
derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.
En ese contexto, el CARD
considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados
ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la
naturaleza de su profesión.
MÁS ALLÁ DEL
GREMIO
Señaló que la controversia
planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según
Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen
la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los
ciudadanos representados por esos profesionales.
Potentini destacó que la
Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías
fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa.
En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible
con esos postulados.
LO QUE SIGUE
La acción solicita la
intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de
garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos
fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y
determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta
Sustantiva.
El CARD informó que dará
seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el
debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición
impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.
Por: la Redacción.
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