El TSA anula permisos proyecto Everest Tower en sector Piantini
SANTO DOMINGO, RD. - La Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo
(TSA) acogió un recurso contencioso administrativo interpuesto por el Ayuntamiento
del Distrito Nacional (ADN) y anuló los certificados de uso de suelo y de no
objeción del proyecto Everest Tower, en el sector Piantini, del Distrito
Nacional.
El tribunal determinó que esas
autorizaciones fueron emitidas en contradicción con los parámetros establecidos
en la Resolución Municipal 94-98 y la Ordenanza 9/2019, que aprueba el Plan de
Ordenamiento Territorial del Distrito Nacional.
El Tribunal consideró que
estos actos administrativos se apartaron de las normas vigentes y de las
regulaciones de uso, densidad, altura y retiros constituye una afectación al
interés público.
La decisión está contenida en
la sentencia núm. 0030-1642-2026-SSEN-00280, dictada el 9 de julio de 2026.
DE 64
APARTAMENTOS A 238 SUITES, RESTAURANTES Y HELIPUERTO
De acuerdo con la evaluación
del tribunal, las renovaciones permitieron una transformación sustancial del
proyecto originalmente aprobado. La propuesta inicial contemplaba un edificio
de 64 apartamentos, mientras que las modificaciones posteriores autorizaron un complejo
comercial y de servicios con 238 suites tipo condominio-hotel, restaurantes,
oficinas, salones de eventos, áreas de servicios y un helipuerto.
El cambio incrementó la
intensidad de ocupación y la carga urbanística, alcanzando una densidad
aproximada de 3,763 habitantes por hectárea, muy superior a la permitida en la
zona.
Además, el proyecto
contemplaba 22 niveles sobre rasante, más mezzanine, niveles parciales para
restaurantes y servicios, y helipuerto sobre azotea, excediendo la altura
máxima para vías terciarias tipo A.
En cuanto a los retiros, el
tribunal comprobó que algunos linderos laterales y posteriores eran inferiores
al mínimo de cuatro metros requerido, afectando ventilación, iluminación,
seguridad, privacidad e integración urbana.
Respecto al helipuerto, la
sentencia precisó que una eventual autorización del Instituto Dominicano de
Aviación Civil solo abordaría la seguridad operacional aérea, pero no sustituye
la evaluación de compatibilidad urbanística del gobierno municipal.
OPOSICIÓN DE
VECINOS
La construcción ha generado
preocupación y oposición entre residentes de la zona. La Junta de Vecinos ha
realizado diversas gestiones para procurar la paralización de la obra, al
considerar que un proyecto de esa magnitud en una calle ya congestionada
afectaría la movilidad, la seguridad y la calidad de vida.
El Tribunal concluyó que la
protección del interés público en materia urbana comprende el respeto al
ordenamiento territorial, la movilidad, la sostenibilidad ambiental, la
seguridad jurídica y la calidad de vida de los residentes.
Por: la Redacción.
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