MP apela sentencia extinguió proceso venta ilegal de terrenos
SANTO
DOMINGO, RD. - El Ministerio Público presentó este
miércoles un recurso de apelación ante la Segunda Sala de la Cámara Penal de la
Corte de Apelación del Distrito Nacional contra la sentencia que declaró
extinguida la acción penal en el proceso seguido por la presunta venta ilegal
de terrenos estatales en el sector Los Tres Brazos.
La
acción judicial fue interpuesta contra la decisión que favoreció al exdirector
de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (Corde), Leoncio Almánzar
Objío, así como a Juana Ynés Gómez Williams, Lisetel González Sánchez, Manuel
Joaquín Aybar Ferrando, Domingo Gerardo Lebrón de los Santos, Carlos Aris Gómez
Williams, Irving José Cruz Crespo y Julio César Gómez Williams.
Asimismo,
el recurso incluye a las empresas Proyecciones Inmobiliarias Gowi, S.R.L.,
Inversiones Fernández Parache (Infepa), Tekknowlogic Dominicana, S.R.L., y a la
propia Corde.
El
Ministerio Público sostiene que los acusados participaron en un esquema
fraudulento para la venta de aproximadamente cuatro millones de metros
cuadrados de terrenos propiedad del Estado, con una expectativa de ganancias
estimada en unos RD$5,000 millones.
La
apelación fue presentada por el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de
la Dirección General de Persecución; la procuradora de corte Rosa Pichardo, y
los fiscales José Miguel Marmolejos y Wagner Cubilete.
Tras
conocer el recurso, la corte, integrada por los jueces Ysis Muñiz, Teófilo
Andújar y Milagros Ramírez Cabrera, aplazó la audiencia y fijó para el próximo
10 de septiembre, a las 11:00 de la mañana, la lectura de su decisión.
“En el día de hoy el
Ministerio Público cumplió con presentar el recurso de apelación contra la
extinción del proceso penal”, expresó la procuradora
Rosa Pichardo al concluir la audiencia.
La
sentencia recurrida, identificada con el número 941-2024-SSEN-00082 y emitida
el 22 de abril de 2024 por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional,
declaró la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
duración del proceso.
Por: la Redacción.
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