TC da a MIP plazo 10 días para naturalización de 16 haitianos
SANTO DOMINGO, RD. - El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Ministerio
de Interior y Policía concluir en un plazo de 10 días el proceso de
naturalización de 16 personas de origen haitiano beneficiadas con decretos
presidenciales del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros.
Mediante la sentencia
TC/0473/26, aprobada el 30 de junio de 2026, el TC revocó un fallo del Tribunal
Superior Administrativo (TSA) que había declarado inadmisible el amparo
presentado por los afectados. El tribunal determinó que la omisión del
ministerio vulneró sus derechos fundamentales.
El plazo comenzará a correr a
partir de la notificación formal al Ministerio de Interior y Policía.
Los 16 accionantes obtuvieron
la nacionalidad dominicana por naturalización ordinaria mediante los decretos
262-20 y 297-21, emitidos en aplicación de la Ley 169-14. Sin embargo,
denunciaron que Interior y Policía no realizó la juramentación, paso
indispensable para obtener la documentación que acredita la ciudadanía.
Según la sentencia, esa
situación les impidió acceder a la cédula de identidad y ejercer derechos como trabajo,
educación, libre tránsito y seguridad social.
El Decreto 262-20, firmado el
28 de julio de 2020 por el entonces presidente Danilo Medina, concedió la
nacionalidad a 750 personas. El Decreto 297-21, firmado el 30 de abril de 2021
por el presidente Luis Abinader, benefició a otras 50.
La sentencia solo resuelve la
situación de los 16 beneficiarios que presentaron la acción de amparo.
Durante el proceso, Interior y
Policía alegó que los accionantes no comparecieron personalmente para completar
el registro biométrico, toma de huellas y otras formalidades. El TC rechazó ese
argumento. Señaló que la publicación de los decretos impone a la institución el
deber legal de proceder con la juramentación y emitir el certificado
correspondiente, según el artículo 9 de la Ley 1683.
El tribunal sostuvo que el
ministerio no aportó documentos que justificaran el retraso, pese a los actos
de intimación enviados por los beneficiarios.
El TC concluyó que el amparo
era la vía adecuada, al tratarse de una omisión administrativa que impedía el
ejercicio de derechos fundamentales.
Además, impuso una astreinte
de 5,000 pesos diarios por cada día de retraso en el cumplimiento de la
sentencia.
Por: Jhonny Trinidad.
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