TC confirma nuevos criterios fondos y orden boleta electoral
SANTO DOMINGO, RD. - El Tribunal Constitucional (TC) confirmó la decisión
del Tribunal Superior Electoral (TSE) que establece nuevos criterios para la
asignación y distribución de los fondos públicos destinados a los partidos,
agrupaciones y movimientos políticos, así como para determinar el orden de las
boletas electorales.
El TC rechazó el recurso de
revisión constitucional y la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia
presentados por los partidos Justicia Social (JS), Unidad Nacional (PUN) y
Opción Democrática (OD).
NUEVA
INTERPRETACIÓN DE LA LEY 33-18
La decisión ratifica la
sentencia TSE/0010/2025, emitida el 10 de junio de 2025, que establece una
nueva interpretación del artículo 61 de la Ley 33-18 sobre la distribución de
la contribución económica del Estado a las organizaciones políticas
reconocidas.
El fallo dispone incluir en el
segmento del 8 % a los partidos, agrupaciones y movimientos reconocidos antes
del último ciclo electoral que conserven su personería jurídica, aunque no
hayan participado en la última contienda o no alcanzaran los porcentajes
establecidos por ley.
Asimismo, ordena a la Junta
Central Electoral (JCE) emitir nuevas resoluciones sobre la categorización de
las organizaciones políticas, la distribución del financiamiento público y el
orden numérico que ocuparán en las boletas electorales de 2028.
EL CICLO
ELECTORAL SERÁ EL NUEVO PARÁMETRO
La sentencia también modifica
el criterio para determinar la fuerza electoral de las organizaciones
políticas. En lugar de considerar únicamente los niveles de elección donde
obtuvieron su mayor votación, se tomará en cuenta la totalidad del ciclo
electoral, compuesto por siete niveles.
De igual manera, cambia la
interpretación de “última elección”, que anteriormente se refería a las
elecciones congresuales y presidenciales de mayo. Ahora se considerará el ciclo
electoral completo para establecer la categoría y los recursos correspondientes
a cada organización.
La sentencia fue aprobada por
la mayoría de los magistrados del TC, con votos salvados de Amaury A. Reyes
Torres y José Alejandro Ayuso, y un voto disidente de Manuel Ulises Bonnelly
Vega.
Por: Ali Núñez.
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