BEBIDAS ALCOHOLICAS: Proyecto de ley busca se necesite un permiso especial para vender bebidas alcohólicas
Santo Domingo, RD. - La senadora
de San Pedro de Macorís, Aracelis Villanueva Figueroa, depositó el pasado
martes 18 de marzo ante el Congreso Nacional un proyecto de ley para regular el expendio
de bebidas alcohólicas en República Dominicana.
De
acuerdo al documento, la pieza legislativa tiene el propósito de regular el
expendio de bebidas alcohólicas en el país, estableciendo horarios para su
venta y consumo; así como el procedimiento y los requisitos que deben cumplir
los establecimientos para ser autorizados.
El artículo tres de la
propuesta establece que, la ley será aplicable en todos los establecimientos
que expendan bebidas alcohólicas en el territorio nacional, incluyendo colmados, discotecas, bares, casinos y
centros de diversión, entre otros.
De ser convertido en Ley,
los negocios que deseen comercializar bebidas alcohólicas deberá recibir un permiso
especial por parte del Ministerio de Interior y Policía, además, deberán
cumplir una serie de requisitos, los cuales no son detallados en el documento.
“Todo
establecimiento que tenga como actividad comercial principal o accesoria el
expendio de bebidas alcohólicas deberá obtener una autorización dcl Ministerio
de Interior y policía, el cual exigirá conforme al reglamento quien dictará a
tales fines, requisitos comunes y diferenciados de acuerdo al tipo de
establecimiento y el lugar donde se encuentren”,
establece la pieza.
Horario
En su artículo cuatro, el proyecto de ley plantea que en los colmados,
discotecas, bares, casinos y centros de diversión se prohíba el expendio de
bebidas alcohólicas a partir de las doce 12:00 de la noche, durante los días de
domingos a jueves; y a partir de las 3:00 de la madrugada los días sábado y
domingo.
“La presente disposición aplicará para todos aquellos establecimientos
de expendio de bebidas alcohólicas que no cuenten con permiso especial emitido
por el Ministerio de Interior y Policía”, agrega el documento.
Mientras que, para los negocios ubicados en polos turísticos, la
prohibición para el expendio de bebidas alcohólicas será a partir de la una
1:00 de la mañana, de lunes a viernes y a partir de las 3:00 de la madrugada
los días sábado y domingo.
Excepciones
En cuanto a las excepciones a la restricción horaria, aplicará para los centros de diversión que pertenezcan o se encuentren dentro de hoteles o establecimientos de hospedaje a largo plazo.
Sanciones
La
propuesta de la legisladora, contempla varias sanciones para los
comercios que incumplan las disposiciones establecidas por la ley, las cuales
aplicadas por el Ministerio de Interior y Policía.
Multas
de hasta 50 salarios mínimos. Suspensión temporal de la autorización o permiso
especial de expendio de bebidas alcohólicas, y cancelación definitiva de la
autorización o permiso especial, en caso de reincidencia.
De
ser promulgada la ley se otorgará un plazo de 180 días, a partir de la
emisión del reglamento correspondiente, a todos los establecimientos de
expendio de bebidas alcohólicas para obtener la autorización por ante el
Ministerio de Interior y Policía.
Asimismo, serán derogadas
todas las disposiciones legales y reglamentarias que le sean contrarias a esa
ley.
Por: Audry Trinidad.
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